Adjunto vídeo de la ley asignada, espero sus respuestas de la dinámica propuesta en los comentarios de la plataforma moodle :) espero sea de su agrado, mucho éxito!
Recordamos las definiciones de los sujetos intervinientes que serian: el sujeto activo, el cual es el acreedor de la deuda tributaria, es decir, la entidad pública encargada de la recaudación de tributos. Y el sujeto pasivo, que es la persona física o jurídica que está obligada a cumplir con los deberes tributarios. Siendo entonces en este caso de la jurisprudencia N°1 el sujeto activo y el sujeto pasivo los siguientes: Sujeto pasivo: la sociedad de comercio KNOLL GOMAS INDUSTRIALES C.A, bajo la representación de la apoderada judicial Taormina Cappello Paredes y del abogado Eduardo Martínez en la apelación ejercida el 3 de abril de 2014. Sujeto activo: la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) por la abogada Adda Almánzar en carácter de sustituta del procurador general de la república que representa el fisco nacional. El presidente - E...